Insolvencia Económica Persona Natural No Comerciante
Es un mecanismo de resolución de conflictos a través del cual un deudor, Persona Natural No Comerciante, busca restablecer su situación financiera convocando a todos sus acreedores a una audiencia de acuerdo de pago.
Resolución #0564 del 14 de Agosto de 2013
Más de 18 años de experiencia nos avalan.
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Pasos Para Insolvencia Persona Natural No Comerciante

Solicitud
(Causas, total activos, total pasivos y propuesta de pago)

Radicación de Solicitud

Audiencia de Acuerdo de Pago

Acuerdo de Pago
Información Importante:

Beneficios y Requisitos de Ley Insolvencia

Consecuencias Jurídicas Insolvencia

¿Quien es Persona Natural no Comerciante?

Lo que debes saber sobre la Ley de Insolvencia
Requisitos para Aplicar a Ley de Insolvencia Económica Persona Natural no Comerciante
REQUISITO 1: Ser Persona Natural No Comerciante
Quien es Persona Natural no Comerciante .
-Por exclusión son los que NO están contemplados en el Artículo 13 del Código de Comercio
El artículo 13 del Código de Comercio establece que los tres eventos que confirman la calidad de comerciante de una persona son:
a)Que se halle inscrito en el registro mercantil
b)Que tenga establecimiento de comercio abierto
c)Que se anuncie al público como comerciante.
-NO ser socio controlante de una sociedad, es decir no tener más del 50% + 1 de las acciones o cuotas de una soiedad
Documento Modelo Solicitud de Insolvencia para la persona natural no comerciante. Realice los ajustes de acuerdo a su caso particular, y proceda a su RADICACION en Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición Asemgas L.P.
REQUISITO 2: Estar en mora del 50% del total de sus obligaciones por más de 90 días
Estará en cesación de pagos la persona natural que como deudor o garante incumpla el pago de dos (2) o más obligaciones a favor de dos (2) o más acreedores por más de noventa (90) días, o contra el cual cursen dos (2) o más procesos ejecutivos o de jurisdicción coactiva.
En cualquier caso, el valor porcentual de las obligaciones deberá representar no menos del cincuenta (50%) por ciento del pasivo total a su cargo. Para la verificación de esta situación bastará la declaración del deudor la cual se entenderá prestada bajo la gravedad del juramento.
REQUISITO 3: Presentar solicitud por escrito con los requisitos del Art. 539 del CGP
- Información de las causas que me han llevado a la situación de cesación de pagos
- Propuesta para la negociación de deudas
- Relación completa y actualizada de todos los acreedores. (En orden de prelación de créditos según lo establecido en los artículos 2488 y siguientes del Código civil)
- Relación completa y detallada de los bienes del deudor
- Procesos Judiciales
-Relación de procesos judiciales y de cualquier procedimiento o actuación administrativa que adelante el deudor o que curse contra él.
- Certificación de ingresos del deudor.
- Resumen del monto a entregar por el deudor de los recursos disponibles para el pago de obligaciones.
- Declaración de sociedad conyugal presente o pasada
- Relación y discriminación de las obligaciones alimentarias a cargo del deudor